Ayudas para la consolidación de organizaciones de productores pesqueros y asociaciones de organizaciones de productores pesqueros (PE155D).

Descripción

La Consellería del Mar convoca para el ejercicio 2026 las ayudas destinadas a la consolidación de las organizaciones de productores pesqueros (OPP) y de las asociaciones de organizaciones de productores pesqueros (AOP) reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia. Estas subvenciones están cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) y tienen como objetivo reforzar estas entidades como instrumentos de aplicación de la Política Pesquera Común, favoreciendo su actividad, estructura y consolidación.

Beneficiarios:

Poderán acceder ás axudas:

Podrán acceder a las ayudas: Las organizaciones de productores pesqueros (OPP) reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia. Las asociaciones de organizaciones de productores pesqueros (AOP) reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Requisitos principales

Haber sido reconocidas a partir del 1 de enero de 2014. Estar inscritas en el Registro de Organizaciones de Productores Pesqueros o en el Registro de Asociaciones de Organizaciones de Productores Pesqueros, regulados por el Real Decreto 277/2016, modificado por el Real Decreto 664/2023. No haber acumulado más de cinco anualidades de estas ayudas entre las destinadas a la creación y a la consolidación. Cumplir los requisitos generales y específicos establecidos en las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 26 de septiembre de 2024.

Presupuesto

Cuantía máxima total de la convocatoria: 200.000,00 €. Cofinanciación: 70 % a cargo del FEMPA y 30 % a cargo de la Comunidad Autónoma de Galicia. Aplicación presupuestaria: 2026.16.02.723B.780.0. Destinadas a organizaciones sin ánimo de lucro.

Características de la ayuda

Código de procedimiento: PE155D. Régimen de concurrencia competitiva. Dirigida a la consolidación de las OPP y AOP con ámbito de actuación en Galicia. Enmarcada en el Programa Operativo FEMPA 2021-2027. Las ayudas podrán percibirse como máximo durante los cinco años posteriores al reconocimiento de la entidad beneficiaria.

Justificación y pago

Las entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos y obligaciones establecidos en las bases reguladoras de la Orden de 26 de septiembre de 2024. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.

Fuente oficial

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260820/AnuncioG0427-050826-0004_gl.pdf

es_ESES