Plazo: Hasta el 30 de septiembre de 2026, a las 14:00 h, salvo que se produzca el agotamiento del crédito con anterioridad.
Descripción:
Apoyar el desarrollo y la consolidación de startups mediante ayudas económicas destinadas a financiar gastos e inversiones vinculados al desarrollo de su actividad empresarial en Galicia, con el objetivo de impulsar proyectos de emprendimiento innovador con modelos de negocio escalables y reforzar el ecosistema emprendedor gallego
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios:
- Startups
- Gallegas o con centro de trabajo en Galicia
- Personas jurídicas que cumplan la definición de startup según el artículo 3 de la Ley 28/2022, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes
- Empresas de nueva creación o con una antigüedad máxima de:
- 5 años, con carácter general
- 7 años en sectores estratégicos (biotecnología, energía, industrial u otros de base tecnológica)
Requisitos principales:
- Tener la condición de startup en el momento de la solicitud
- No distribuir dividendos
- No cotizar en un mercado regulado
- Tener sed social, domicilio social o establecimiento permanente en España
- Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador con modelo de negocio escalable
- Realizar los gastos subvencionables desde el 1 de enero de 2026 hasta la fecha de presentación de la solicitud
- Presentar una única solicitud por convocatoria
Presupuesto:
El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 1.500.000 euros
Características de la ayuda:
- Subvención a fondo perdido
- Concurrencia no competitiva, por orden de entrada de las solicitudes
- Ayuda sujeta al régimen de mínimis
- La subvención financia gastos e inversiones vinculados a la actividad de la startup en Galicia
Justificación y pago:
- La ayuda se concede para financiar gastos e inversiones directamente relacionadas con la actividad empresarial de la startup
- Será necesario justificar la correcta ejecución y el pago de los gastos subvencionados
- El pagado se realizará tras la comprobación de la justificación presentada conforme las bases reguladoras
Enlace: ORDE do 16 de xaneiro de 2026
