Plazo: Hasta el 30 de septiembre de 2026, a las 20:00 h
Descripción:
Esta ayuda tiene como finalidad evitar el cierre de negocios viables por falta de relieve generacional, facilitando que las nuevas personas emprendedoras asuman un negocio ya en funcionamiento mediante su traspaso, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Beneficiarios:
- Personas trabajadoras autónomas.
- Personas profesionales dadas de alta RETA, en otros regímenes especiales por cuenta propia o en mutualidades.
- Sociedades de cualquier clase, incluidas las unipersonales y comunidades de bienes, con domicilio fiscal en Galicia.
Requisitos principales:
- El negocio objeto de relevo debe tener un domicilio social, fiscal o centro de trabajo en Galicia.
- La actividad debe mantenerse tras lo traspaso.
- El negocio deberá estar inscrito en la Bolsa de relevo de la Red de Por los de Emprendimiento y Apoyo al Empleo, excepto excepciones previstas en la orden.
- El relieve debe realizarse dentro de los plazos establecidos en la convocatoria.
Presupuesto: La ayuda está incluida en los programas de apoyo a las personas trabajadoras autónomas de la Xunta de Galicia, en el marco de la convocatoria 2026, según el crédito disponible para el Bono Remuda (TR353D)
Características de la ayuda:
- Subvención a fondo perdido.
- Concurrencia no competitiva, por orden de entrada de las solicitudes.
- Ayuda vinculada al traspaso efectivo del negocio.
- Incluye dos líneas:
- Bono relevo rural, para negocios en concellos de menos de 10.000 habitantes.
- Bono relevo general, para el resto de los concellos
Justificación y pago:
- La justificación se realizará acreditando lo traspaso del negocio y el inicio de la actividad por la persona remudista, conforme al establecido en la orden reguladora.
- El pago se efectuará tras la comprobación del cumplimiento de los requisitos y de la correcta justificación de la ayuda
Enlace: ORDE DO 4 DE FEBREIRO
