Plazo: Hasta el 20 de octubre de 2026
Descripción:
Regular la convocatoria para el año 2026, para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas para acciones formativas, financiadas por el FEMPA, que contribuyan al desarrollo de la formación profesional, de las nuevas competencias profesionales y de la formación permanente del sector pesquero.
Código de procedimiento PE610A.
Beneficiarios:
Las cofradías de pescadores y sus federaciones, las organizaciones de productores, las cooperativas del mar, las asociaciones de profesionales de reparación de redes y sus federaciones, así como las demás asociaciones de profesionales jurídicamente reconocidas y constituidas por profesionales del sector, siempre que desarrollen sus actividades profesionales en el sector pesquero y tengan su sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Requisitos principales:
- Desarrollar acciones formativas vinculadas al sector pesquero que contribuyan a la capacitación profesional y a las nuevas competencias.
- Cumplir los deberes tributarios y con la Seguridad Social.
- No estar incurso/a en prohibiciones para obtener subvenciones públicas.
- Disponer de la estructura y medios necesarios para impartir las acciones formativas propuestas.
- Presentar la solicitud dentro del plazo establecido y por vía electrónica.
- Justificar adecuadamente la ejecución de las acciones formativas subvencionadas.
- No tener pendientes deberes por reintegro de subvenciones.
Presupuesto:
Para la concesión de estas subvenciones se destinará un crédito total de ochocientos mil euros (800.000,00 €) para el año 2026
Características de la ayuda:
- Subvención destinada a la realización de acciones formativas para profesionales del sector pesquero.
- Financiación a través del FEMPA según los límites y condiciones establecidos en la orden.
- Las acciones formativas deben ajustarse a los requisitos técnicos, administrativos y de justificación establecidos.
Justificación y pago:
- La justificación de las acciones deberá realizarse segundo el establecido en la orden reguladora.
- El pago está condicionado a la ejecución completa y correcta de las acciones formativas, así como al cumplimiento de todos los requisitos de la convocatoria.
- La presentación de las solicitudes y documentación es obligatoriamente electrónica a través de la sede de la Xunta de Galicia.
Enlace: Orden de 26 de enero de 2026
